La Dirección Regional de Medicamentos, Insumos y Drogas, como Autoridad Regional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios reconocida según Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (Ley N° 29459) es la responsable de garantizar y mejorar él acceso a Productos
Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios de calidad, especialmente a las poblaciones menos favorecidas de la región.
Estas funciones se encuentran inmersas en la cadena de suministro de selección, programación, adquisición, almacenamiento, distribución, comercialización, dispensación, expendio, publicidad, fiscalización, control y vigilancia sanitaria; asimismo contribuye a la erradicación del comercio ilegal, adulteración, falsificación y contrabando de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, promoviendo la participación multisectorial.
Los procesos de Registros, Fiscalización, Control y vigilancia sanitaria de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios en los establecimientos farmacéuticos públicos y privados se iniciaron en la región a partir de la transferencia de las funciones sectoriales en materia de salud a los gobiernos regionales en el año 2007 mediante Resolución Ministerial N° 435-2007/MINSA y Resolución Ministerial N° 297-2008/MINSA y se consolido mediante La ley N° 29459 Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, Decreto Supremo N° 014-2011-SA, Decreto Supremo N° 016-2011-SA y sus respectivas modificatorias. La Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas de Apurimac como Autoridad Regional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, es la responsable de controlar, vigilar y sancionar las infracciones cometidas por los establecimientos farmacéutico y no farmacéuticos, mediante la aplicación del proceso administrativo general (Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General) así como el control publicitario y el registro en el Observatorio Peruano de Productos Farmacéuticos.
OBJETIVOS GENERALES: Garantizar el acceso a productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios de calidad a la población de la región Apurimac.
OBJETIVOS ESPECIFICOS:
- Garantizar y mejorar el acceso a productos farmacéuticos, dispositivos médicos y Productos Sanitarios, especialmente a las poblaciones menos favorecidas (Art. 27, 28 de la Ley N° 29459).
- Fomentar y promover el uso racional de medicamentos, en la atención en salud, en los profesionales de la salud y en la comunidad (Art. 30 de la Ley N° 29459).
- Velar por la salud pública a través de las acciones de fiscalización, control y vigilancia de la comercialización de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios en establecimientos públicos y privados de la región (Art. 44 de la Ley N° 29459 y Art. N°6 del DS-014-2011-SA).
Dirección de Regional de Medicamentos Insumos y Drogas